Programa de Delación
PROGRAMA DE DELACIÓN
Instructivo para el Otorgamiento de Beneficios de Exención o Reducción del Importe de la Multa de la
Superintendencia de Competencia Económica
El Programa de Delación, contemplado en el Instructivo para el Otorgamiento de Beneficios de Exención o Reducción del Importe de la Multa de la Superintendencia de Competencia Económica, es una herramienta eficaz para la detección y sanción de acuerdos y prácticas prohibidas en el artículo 11 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LORCPM). Las personas naturales y/o jurídicas que han participado o sean parte de un cártel podrán acogerse al programa de beneficios de exención o reducción del importe de la multa, cumpliendo los requisitos contemplados en los artículos 83 y 84 de la LORCPM. La identidad del operador económico, el contenido de la solicitud, reuniones y el acuerdo de colaboración se mantendrán con carácter confidencial. El nivel de exención o reducción del importe de la multa se calcula atendiendo las siguientes reglas:• El primer colaborador en aportar elementos de prueba se beneficiará del 100% de reducción de la multa, es decir estará exento de pagar la sanción impuesta por la infracción cometida. • El segundo colaborador en facilitar elementos de prueba de la presunta infracción que aporten un valor añadido significativo a aquellos que ya disponga la Superintendencia, podrá beneficiarse de una reducción de entre el 30% y 50% del importe de la multa. • El tercer colaborador en facilitar elementos de prueba de la presunta infracción que aporten un valor añadido significativo a aquellos que ya disponga la Superintendencia, podrá beneficiarse de una reducción de entre el 20% y 30% del importe de la multa. • Las sucesivas empresas u operadores económicos o personas naturales, podrán beneficiarse de una reducción de hasta el 20% del importe de la multa. El orden de llegada es un elemento determinante para la exención o reducción del monto del importe de la multa. La exención o reducción del importe de la multa concedida a una empresa u operador económico será aplicable en el mismo porcentaje a la multa que pudiera imponerse a sus representantes o a las personas que integran los órganos directivos y que hayan intervenido en el acuerdo, siempre y cuando hayan colaborado con la SCE.
El Programa de Delación tiene las siguientes fases: Los interesados deben solicitar una reunión confidencial con la Intendencia General Técnica para realizar una consulta previa o presentar una solicitud de exención o reducción del importe de la multa. El criterio emitido en la consulta previa sobre la aplicación y beneficios del programa no es vinculante para la Superintendencia de Competencia Económica. Fases para acogerse al programa de delación: 1. Presentación de la solicitud 1.1. Formulario de solicitud de exención o reducción del importe de la multa (ANEXO 1) 1.2. Acta de solicitud verbal (ANEXO 2) 2. Evaluación de la solicitud 3. Reuniones con el operador económico 4. Suscripción del acuerdo de colaboración 5. Evaluación continua del acuerdo de colaboración 6. Emisión del informe de beneficios ( una vez concluido el término de prueba) 7. Decisión de otorgamiento de beneficios de exención o reducción del importe de la multa. La información y documentación que se entregue en la solicitud de exención o reducción del importe de la multa será considerada confidencial.
Mayor información sobre la aplicación del Programa de Delación: programadelacion@sce.gob.ec Nota: no incluir información confidencial o de terceros. Preguntas frecuentes
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