SUPERINTENDENCIA DE COMPETENCIA ECONÓMICA

Comunicado Oficial No. 008 La SCPM autorizó, con condiciones, la transacción entre AKZONOBEL COATINGS INTERNATIONAL B.V. y GRUPO ORBIS S.A.

25 de abril de 2022

COMUNICADO OFICIAL No. 008

El 7 de julio de 2021, AkzoNobel Coatings International B.V. notificó a la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) la intención de adquirir la totalidad de acciones de Grupo Orbis S.A a nivel internacional, en cumplimiento con lo establecido en los artículos 15 y 16 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LORCPM).

Esta transacción internacional implica un cambio de control, que otorgará a AkzoNobel Coatings International B.V. el derecho y capacidad de intervenir en el giro de negocio de Grupo Orbis S.A. en Ecuador, por lo que se configura como una operación de concentración económica, al cumplir con lo dispuesto en el artículo 14 de la LORCPM.

El 5 de abril de 2022, con base en lo establecido en el artículo 21 de la LORCPM, la Comisión de Resolución de Primera Instancia (CRPI) de la SCPM decidió condicionar la autorización de la operación notificada a la suscripción de un documento compromiso que contenga dos remedios de orden conductual impuestos dentro del mercado relevante de revestimientos en polvo, estos son:

  • i) Mantenimiento de la calidad de los productos ofertados de revestimiento en polvo en Ecuador.
  • ii) Mantenimiento de margen de ganancia de los productos ofertados de revestimiento en polvo en Ecuador.

Esta decisión se tomó al considerar que la transacción propuesta podría generar riesgos de potenciales incrementos de precios o disminución de la calidad de los revestimientos en polvo, esto como consecuencia de la: i) reducción de un competidor independiente; ii) existencia de barreras de entrada que dificulta el ingreso de nuevos competidores; y, iii)elevada concentración de mercado.

En cumplimiento de lo dispuesto, el 11 de abril de 2022, AkzoNobel Coatings International B.V. presentó el documento decompromisos; que fue aprobado por la CRPI, resolviendo por tanto, el 14 de abril de 2022, autorizar la operación deconcentración sujeta al cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución y el documento de compromisos.

Los operadores económicos involucrados desarrollan sus actividades en Ecuador a través de empresas subsidiarias, en el caso de Grupo Orbis S.A. lo realiza a través de Pinturas Ecuatorianas S.A. Pintuco y Poliquim, Polímeros & Químicos C.A.; mientras que AkzoNobel Coatings International B.V. lo hace por medio de Interamericana de Productos Químicos del Ecuador S.A. Interquimec.

AkzoNobel Coatings International B.V. es una empresa constituida en Países Bajos, que se dedica a la elaboración y
comercialización de recubrimientos y productos químicos. En Ecuador comercializa revestimientos para automóviles y envases de metal, revestimientos en polvo y adhesivos industriales.

Grupo Orbis S.A es una empresa constituida en Colombia que tiene como giro de negocio en Ecuador, la comercialización de revestimientos industriales, decorativos y adhesivos industriales.

La Superintendencia de Control del Poder de Mercado, en el ámbito de sus competencias, continúa con su labor de, entre otros, controlar que las operaciones de concentración económica no fortalezcan el poder de mercado de los operadores económicos y que producto de dichas transacciones no se produzca una sensible disminución, distorsión u obstaculización de la competencia. Es por ello que desde 2019, la Superintendencia ha condicionado cuatro transacciones en diversos mercados con la finalidad de que el proceso de competencia genere condiciones adecuadas para competidores y consumidores.

Superintendencia de Control del Poder de Mercado