SUPERINTENDENCIA DE COMPETENCIA ECONÓMICA

Boletín de Prensa No. 154 Multa a Nestlé por actos de engaño al consumidor

Quito, 22 de junio de 2017

Boletín de Prensa No. 154

Multa a Nestlé por actos de engaño al consumidor

 

La Comisión de Resolución de Primera Instancia (CRPI) de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) multó a NESTLÉ ECUADOR S.A., por un valor de ciento cincuenta y siete mil ochocientos siete dólares de los Estados Unidos de América con 26/100 ($157.807,26 ).

 

El operador económico incurrió en la conducta infractora establecida en el numeral 2 del artículo 27 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LORCPM), pues incluyó el logo del Ministerio de Salud Pública en una estrategia de ventas de un sucedáneo de leche materna y lo distribuyó en un tríptico a nivel nacional.

 

Según la Intendencia de Investigación de Prácticas Desleales, este acto de engaño induce al error y por ende engaña a los profesionales de la salud, a los eventuales consumidores finales y al público en general, sobre una supuesta aprobación, autorización, confianza, acreditación o aval por parte del ente rector en materia de salud pública, por lo que este hecho atenta al bienestar general y a los derechos de los consumidores o usuarios, distorsiona la competencia y atenta a la eficiencia económica.

 

Además de la multa, Nestlé Ecuador S.A. deberá cumplir con medidas correctivas, realizará una campaña publicitaria en la que difunda las consecuencias en materia de competencia por la indebida utilización del logotipo o insignias de una entidad del Estado o internacional sin la debida autorización.

 

  • Resolución SCPM-CRPI-005-2017
  • Resolución Aclaración SCPM-CRPI-005-2017

 

Superintendencia de Control del Poder de Mercado, por un país de oportunidades.

Dirección de Comunicación Social