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Resoluciones de Archivo DNICAPM 2021

 

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SCPM-IGT-INICAPMAPR-020-2021  06/01/2022 SCPM-IGT-INICAPMAPR-020-2021: Resolución de 06 de enero de 2022 a las 09h30.

El operador económico al presentar su denuncia no cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 54 de la LORCPM. La Autoridad con base en lo establecido en el artículo 55 ordenó completar/aclarar la denuncia dentro del término de tres (03) días que permite la LORCPM. El denunciante presentó su escrito de compleción, sin embargo, éste no completó lo requerido en los numerales c) y f) del art. 54, por tanto, la denuncia fue archivada.

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 SCPM-IGT-INICAPMAPR-019-2021 19-11-2021 SCPM-IGT-INICAPMAPR-019-2021: Resolución de 19 de noviembre de 2021 a las 16h52.

Artículo 79 – Penúltimo párrafo (no entrega de información). Se inició una investigación a un operador económico por no haber entregado cierta información requerida por la INICAPMAPR, pese a habérsele requerido en tres ocasiones. Mientras se estaba sustanciando la investigación el operador económico presentó la información solicitada, por tanto, se archivó la investigación al no existir una configuración del tipo legal.

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SCPM-IGT-INICAPMAPR-017-2021  12-11-2021 SCPM-IGT-INICAPMAPR-017-2021: Resolución de 12 de noviembre de 2021 a las 17h06.

Artículo 9, numerales 7, 8, 12 y 22 – Conductas exclusorias. El operador económico presentó una denuncia por presunto abuso de poder de mercado exclusorio. Se corrió traslado con la denuncia, anexos y escrito de compleción al denunciado, el cual presentó sus explicaciones. Luego del respectivo análisis de las explicaciones, la INICAPMAPR concluyó que el denunciado no ostentaba poder de mercado. Es decir, no existía el elemento estructural para la configuración de un poder de mercado. Pese a la inexistencia de poder de mercado, la INICAPMAPR también analizó el elemento conductual denunciado, concluyendo que tampoco se configuraba ninguna de las conductas denunciadas.

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SCPM-IGT-INICAPMAPR-016-2021  12-11-2021 SCPM-IGT-INICAPMAPR-016-2021: Resolución de 12 de noviembre de 2021 a las 15h45.

Artículo 9, numerales 7, 8, 12 y 22 – Conductas exclusorias. El operador económico presentó una denuncia por presunto abuso de poder de mercado exclusorio. Se corrió traslado con la denuncia, anexos y escrito de compleción al denunciado, el cual presentó sus explicaciones. Luego del respectivo análisis de las explicaciones, la INICAPMAPR concluyó que el denunciado no ostentaba poder de mercado. Es decir, no existía el elemento estructural para la configuración de un poder de mercado. Pese a la inexistencia de poder de mercado, la INICAPMAPR también analizó el elemento conductual denunciado, concluyendo que tampoco se configuraba ninguna de las conductas denunciadas.

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SCPM-IGT-INICAPMAPR-015-2021  12-11-2021 SCPM-IGT-INICAPMAPR-015-2021: Resolución de 12 de noviembre de 2021 a las 14h30.

Artículo 9, numerales 7, 8, 12 y 22 – Conductas exclusorias. El operador económico presentó una denuncia por presunto abuso de poder de mercado exclusorio. Se corrió traslado con la denuncia, anexos y escrito de compleción al denunciado, el cual presentó sus explicaciones. Luego del respectivo análisis de las explicaciones, la INICAPMAPR concluyó que el denunciado no ostentaba poder de mercado. Es decir, no existía el elemento estructural para la configuración de un poder de mercado. Pese a la inexistencia de poder de mercado, la INICAPMAPR también analizó el elemento conductual denunciado, concluyendo que tampoco se configuraba ninguna de las conductas denunciadas.

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 SCPM-IGT-INICAPMAPR-013-2021 18-11-2021 SCPM-IGT-INICAPMAPR-013-2021: Resolución de 18 de noviembre de 2021 a las 15h45.

Artículo 79 – Penúltimo párrafo (no entrega de información). Se inició una investigación a un operador económico por no haber entregado cierta información requerida por la INICAPMAPR, pese a habérsele requerido en tres ocasiones. Mientras se estaba sustanciando la investigación el operador económico presentó la información solicitada, por tanto, se archivó la investigación al no existir una configuración del tipo legal.

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SCPM-IGT-INICAPMAPR-012-2021  23-09-2021 SCPM-IGT-INICAPMAPR-012-2021: Resolución de 23 de septiembre de 2021 a las 17h03.

Artículo 79 – Penúltimo párrafo (no entrega de información). Se inició una investigación a un operador económico por no haber entregado cierta información requerida por la INICAPMAPR, pese a habérsele requerido en tres ocasiones. Mientras se estaba sustanciando la investigación el operador económico presentó la información solicitada, por tanto, se archivó la investigación al no existir una configuración del tipo legal.

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SCPM-IGT-INICAPMAPR-11-2021  07/10/2022 SCPM-IGT-INICAPMAPR-11-2021: Resolución de 07 de octubre de 2022 a las 13h20.

Artículo 9, numerales 4, 8, 13 y 17 – Conductas explotativas. El operador económico presenta una denuncia por presunto abuso de poder de mercado. Luego del análisis de las explicaciones de los denunciados, la investigación se inició solo con respecto al numeral 4 del artículo 9 de la LORCPM. Una vez concluida la investigación se determinó que los denunciados eran operadores económicos con poder de mercado; es decir, se cumplía el elemento estructural. Sin embargo, del análisis de la conducta, se determinó que la misma no se configuraba. Por lo cual, se determinó que pese a que los denunciados efectivamente ostentaban posición de dominio, éstos no habían abusado de su poder de mercado.

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 SCPM-IGT-INICAPMAPR-010-2021  25-08-2021 SCPM-IGT-INICAPMAPR-010-2021: Resolución de 25 de agosto de 2021 a las 14h38.

El operador económico al presentar su denuncia no cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 54 de la LORCPM. La Autoridad con base en lo establecido en el artículo 55 ordenó completar/aclarar la denuncia dentro de los tres (03) días que permite la LORCPM. El denunciante presentó su escrito de compleción, sin embargo, éste no completó lo requerido en el numeral f) del art. 54, por tanto, la denuncia fue archivada.

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 SCPM-IGT-INICAPMAPR-009-2021  22/07/2022 Resolución del expediente investigativo de la Intendencia Nacional de Investigación y Control de Abuso del Poder de Mercado, Acuerdos y Prácticas Restrictivas:

1. Expediente: SCPM-IGT-INICAPMAPR-009-2021: Resolución de 22 de julio de 2022 a las 15h22.

Extracto: El expediente de investigación, inició por una denuncia presentada por el operador económico ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES DEL ECUADOR (ASETEL) en contra de la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y COMPOSITORES ECUATORIANOS (SAYCE) por el presunto cometimiento de conductas de abuso del poder de mercado. La INICAPMAPR luego de realizar el análisis correspondiente, determinó que el operador económico denunciado pese a ostentar posición de dominio, no habría incurrido en las conductas explotativas denunciadas. Toda vez que las tarifas que habría cobrado a sus usuarios habrían sido aprobadas por el SENADI. En virtud de lo expuesto no se configuraron las conductas previstas en los numerales 1, 3, 15, 22 y 23 del Art. 9 de la LORCPM, por lo cual se resolvió el archivo del expediente de investigación.

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 SCPM-IGT-INICAPMAPR-008-2021  13-10-2021 SCPM-IGT-INICAPMAPR-008-2021: Resolución de 13 de octubre de 2021 a las 17h10.

Artículo 79 – Penúltimo párrafo (no entrega de información). Se inició una investigación a un operador económico por no haber entregado cierta información requerida por la INICAPMAPR, pese a habérsele requerido en tres ocasiones. Mientras se estaba sustanciando la investigación el operador económico presentó la información solicitada, por tanto, se archivó la investigación al no existir una configuración del tipo legal.

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SCPM-IGT-INICAPMAPR-007-2021  01-12-2021 SCPM-IGT-INICAPMAPR-007-2021: Resolución de 01 de diciembre de 2021 a las 16h15.

Artículo 79 – Penúltimo párrafo (no entrega de información). Se inició una investigación a un operador económico por no haber entregado cierta información requerida por la INICAPMAPR, pese a habérsele requerido en tres ocasiones. Mientras se estaba sustanciando la investigación el operador económico presentó la información solicitada, por tanto, se archivó la investigación al no existir una configuración del tipo legal.

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SCPM-IGT-INICAPMAPR-006-2021   18-08-2021  SCPM-IGT-INICAPMAPR-006-2021: Resolución de 18 de agosto de 2021 a las 17h02.

Artículo 10 numeral 4 – Abuso de poder de mercado en situación de dependencia económica. El operador económico presentó una denuncia por abuso de poder de mercado en situación de dependencia económica. Luego de correr traslado con la denuncia, anexos y escrito de compleción al denunciado; se analizaron las explicaciones presentadas. La Intendencia, posterior del respectivo análisis y pese a haberse presuntamente configurado el elemento estructural de cualquier modalidad de abuso de poder de mercado -ostentar poder de mercado- concluyó que no se configuraba la dependencia económica, toda vez que el operador económico tendría una alternativa equivalente para ejercer su actividad económica.

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 SCPM-IGT-INICAPMAPR-005-2021  24-06-2021  SCPM-IGT-INICAPMAPR-005-2021: Resolución de 24 de junio de 2021 a las 14h55.

El operador económico al presentar su denuncia no cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 54 de la LORCPM. La Autoridad con base en lo establecido en el artículo 55 ordenó completar/aclarar la denuncia dentro de los tres (03) días que permite la LORCPM. El denunciante presentó su escrito de compleción, sin embargo, éste no completó lo requerido en el numeral c) del art. 54, por tanto, la denuncia fue archivada.

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